Territorio comunitario, ancestral, sagrado y educativo de los Pueblos Originarios. Desembocadura del Arroyo Garín en el Canal Villanueva, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires. Humedales continentales del río Luján.
El domingo 29 de noviembre, una semana después del Balotaje, el Movimiento en Defensa de la Pacha invita a una charla-debate sobre educación y derechos indígenas junto a docentes, directivos y referentes de pueblos originarios.
La propuesta es compartir experiencias y reflexionar lo que viene en cuanto a las luchas para lograr la aplicación de la Educación Intercultural en territorio bonaerense.
¿Cuáles son las perspectivas con la asunción en Provincia de una fuerza política que durante su gestión en la Ciudad de Buenos Aires consideró a las lenguas indígenas como extranjeras?
También queremos debatir sobre la diversidad lingüística existente en cada uno de los Municipios del Gran Buenos Aires y su falta de reconocimiento por parte de las autoridades.
Sabemos que en la mayoría de nuestras localidades somos miles los vecinos que, además del castellano, hablamos quechua, aymara, guaraní, qom, wichí y mapudungun. ¿Qué estrategias de fortalecimiento podemos darnos desde nuestras ciudades?
Estarán presentes, entre otros:
Ramón Villar Brizuela
Vicedirector de la Escuela Primaria 25 de José C. Paz
Miembro de la organización Aty Guasú Encuentro de la Nación Guaraní de Buenos Aires
Enrique Samar
Ex director de la Escuela 23 de Flores Sur
Autor del libro “Wiphay, Defendiendo la Escuela Pública con Educación Intercultural y Prácticas Alternativas”
Ignacio Baez
Ateneo de Lengua y Cultura Guaraní regional Buenos Aires
Profesor de idioma guaraní en varias Universidades
Domingo 29 de noviembre desde las 12hs
Sitio sagrado, arqueológico, educativo y público Punta Querandí
UBICACIÓN
Calle Brasil entre el Arroyo Garín y el Canal Villanueva
Paraje Punta Canal – Dique Luján (Tigre)
Límite con Ingeniero Maschwitz, Escobar
Buenos Aires – Territorio Indígena
https://puntaquerandi.wordpress.com/ubicacion
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Contacto telefónico: (011) 1559422784 – 1544041382
movimientoendefensadelapacha@gmail.com
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LENGUAS ORIGINARIAS Y EDUCACIÓN:
SEGÚN EL CONVENIO 169 DE LA OIT
Parte VI. Educación y Medios de Comunicación
(Algunos fragmentos)
Artículo 27
1. Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares, y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.
Artículo 28
1. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. Cuando ello no sea viable, las autoridades competentes deberán celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopción de medidas que permitan alcanzar este objetivo.
3. Deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de los pueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas.
Artículo 31
Deberán adoptarse medidas de carácter educativo en todos los sectores de la comunidad nacional, y especialmente en los que estén en contacto más directo con los pueblos interesados, con objeto de eliminar los prejuicios que pudieran tener con respecto a esos pueblos. A tal fin, deberán hacerse esfuerzos por asegurar que los libros de historia y demás material didáctico ofrezcan una descripción equitativa, exacta e instructiva de las sociedades y culturas de los pueblos interesados.