Territorio comunitario, ancestral, sagrado y educativo de los Pueblos Originarios. Desembocadura del Arroyo Garín en el Canal Villanueva, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires. Humedales continentales del río Luján.
El Juzgado Federal de Campana, a cargo del Juez Federal Adrián González Charvay, en el marco de la causa 21740/2015 (N.N. s/incendio u otro estrago con peligro de muerte querellante: Rebasa, Viviana Raquel) dispuso la realización de un estudio pericial integral e interdisciplinario por intermedio del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), tendiente a determinar, detallar y delimitar los diferentes humedales que existan en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján específicamente en los Municipios de Pilar y Escobar de la Provincia de Buenos Aires.
Como segundo punto, el Juez actuante, dispuso hacerle saber al Ministerio de Infraestructura y Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires, que hasta la conclusión del estudio pericial, deberá abstenerse de otorgar convalidaciones técnicas finales o bien factibilidades conforme el Decreto Nro. 27/98 de la provincia de Buenos Aires, para la construcción de nuevos emprendimientos urbanísticos cerrados, construcciones y/o emprendimientos en general, como así también ampliaciones de los ya existentes en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján en los partidos de Escobar y Pilar de la Provincia de Buenos Aires (Artículo 230 del código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Asimismo, deberán comunicar tal decisión al Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable, a la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aies, a lo municipios de Escobar y Pilar, como así también a todo organismo gubernamental, ya sea a nivel municipal o provincia que intervenga en el proceso administrativo de otorgamiento de convalidaciones técnicas finales o factibilidades conforme el decreto precedentemente indicado.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.
Fuente: http://eltigreverde.blogspot.com.ar/2016/07/justicia-prohibe-otorgar-factibilidades.html
Otro fallo judicial pone freno a los countries en Pilar y Escobar
Un juzgado de Campana ordenó hacer estudios periciales sobre los humedales de ambos distritos, y paralizar la aprobación y ampliación de emprendimientos hasta tanto se concluyan los estudios. La medida va en línea con otras resoluciones recientes sobre la cuenca del Luján.
Por El Argentino ZN – 14 julio, 2016
Primero fue un fiscal que solicitó la paralización de las obras en la cuenca del Río Luján. Después, una jueza que ordenó concretar la medida. Ahora, un nuevo fallo judicial avanza en esa línea: el Juzgado Federal de Campana dispuso la realización de un estudio pericial integral e interdisciplinario, a través del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), para “determinar, detallar y delimitar los diferentes humedales que existan en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján específicamente en los Municipios de Pilar y Escobar de la Provincia de Buenos Aires”. Mientras tanto, no se podrán aprobar nuevas obras en la zona.
Así lo dispuso el Tribunal a cargo del Juez Federal Adrián González Charvay, en el marco de la causa 21740/2015 (N.N. s/incendio u otro estrago con peligro de muerte querellante: Rebasa, Viviana Raquel). En el fallo, el magistrado dispuso hacerle saber al Ministerio de Infraestructura y Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires que hasta la conclusión del estudio pericial deberá “abstenerse de otorgar convalidaciones técnicas finales o bien factibilidades conforme el Decreto Nro. 27/98 de la provincia de Buenos Aires, para la construcción de nuevos emprendimientos urbanísticos cerrados, construcciones y/o emprendimientos en general, como así también ampliaciones de los ya existentes en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján en los partidos de Escobar y Pilar de la Provincia de Buenos Aires”.
“El estudio a realizar, deberá especificar pormenorizadamente, los beneficios, tanto ecosistémicos como sociales, que dichos humedales naturalmente generan, estableciendo si la acción del hombre por sobre los mismos, específicamente las construcción de urbanizaciones cerradas y emprendimientos en general analizadas en conjunto, han disminuido, deteriorado y/o anulado sus funciones propias, debiendo indicar sus consecuencias negativas actuales y las que podrían verse en un futuro”, dice el fallo, al que accedió El Argentino ZN. Más aún, determina que en caso de concluir que estas obras tienen efectos adversos, “deberán proponerse distintas medidas paliativas para zanjar la cuestión, posibles de realización, tendientes a mejorar las defensas de la zona ante posible inundaciones causadas por las lluvias”.
El fallo también indicó que deberán comunicar esa decisión al Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable, a la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, así como a los municipios de Escobar y Pilar y a todo organismo gubernamental, a nivel municipal o provincial, que intervenga en el proceso administrativo de otorgamiento de convalidaciones técnicas finales o factibilidades para el desarrollo de estas obras.
Semanas atrás, en un hecho inédito y en medio del reclamo de vecinos y ambientalistas, la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado dispuso la clausura de las instalaciones correspondientes al emprendimiento denominado “Venice Ciudad Navegable”, ubicado en Tigre, y ordenó que se haga saber al Municipio que “Remeros Beach”, en Rincón de Milberg, no podrá comenzar su ejecución hasta tanto cuente con las habilitaciones correspondientes.
Además, la jueza determinó la suspensión de nuevas edificaciones en los municipios que abarcan la planicie de inundación del Río Luján y el Delta del Paraná. La medida alcanza a Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre, Pilar y Escobar, entre otros distritos que deberán abstenerse de autorizar la construcción de nuevos emprendimientos o ampliaciones que impliquen tareas de endicamiento, embalses, dragados, entre otras obras que afectan el normal cauce de los ríos. El nuevo fallo representa otro paso en este sentido.
Fuente: http://elargentinozn.com.ar/2016/07/14/otro-fallo-judicial-pone-freno-a-los-countries-en-pilar-y-escobar/